UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR BAHIA BLANCA - REPUBLICA ARGENTINA PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES Organismo Contratante: Universidad Nacional del Sur CUIT 30-54666878-5 Av. Colón 80, 2do. piso(8000) Bahía BlancaTel. Fax.: (0291) 459-5053Correo electrónico: compras@uns.edu.ar Datos del Oferente: Razón Social: C.U.I.T: Domicilio: Correo Electrónico: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Tipo: Contratación Directa por Compulsa Abreviada 265/2018 Clase: Sin Clase Modalidad: Sin Modalidad Motivo contratación directa: Urgencia Encuadre Legal: Dto. 1023/2001 art. 25, inc d) apartado 5 URGENCIA Expediente: LEGC: 219/2018 Objeto de la contratación: OBRA: REFORMAS Y ADECUACIÓN DE ESPACIOS Rubro: Construccion Lugar de entrega único: SECRETAR¡A GENERAL TECNICA (Av. Colon 80 - 2° Piso (8000) BAHIA BLANCA, Buenos Aires) Retiro del pliego Consulta del pliego Dirección: Av. Colón 80 Piso2, (8000), BAHIA BLANCA, Buenos Aires Plazo y horario: Lunes a Viernes de 08:00 Hs a 12:30 Hs Costo del pliego: $ 0,00 Dirección: Av. Colón 80 Piso 2, (8000), BAHIA BLANCA, Buenos Aires Plazo y horario: Lunes a Viernes de 08:00 Hs a 12:30 Hs Presentación de ofertas Acto de apertura de ofertas Dirección: Av. Colón 80 Piso2, (8000), BAHIA BLANCA, Buenos Aires Fecha de inicio: 13/08/2018 Fecha de 23/08/2018 a las 10:00 hs. finalización: Dirección: Av. Colón 80 Piso2, (8000), BAHIA BLANCA, Buenos Aires Día y horario: 23/08/2018 a las 10:00 hs. Sello y Firma(Apoderado, socio, presidente, gerente u otro responsable) Página 1 de 9 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR BAHIA BLANCA - REPUBLICA ARGENTINA RENGLONES RngDescripciónUnidadCant. PrecioUnitarioTotalSERVICIO1,001Contratación de los trabajos y provisión de materialesnecesarios para la ejecución de la obra " Reformas yadecuación de espacios, 1º piso, Av. Alem 235" deacuerdo al Pliego de Especificaciones TécnicasTOTALIZACIÓN DE LA OFERTA CLAUSULAS PARTICULARES ARTÍCULO 1: NORMATIVA APLICABLE El presente procedimiento de selección, el contrato y su posterior ejecución, se regirán por la normativa vigente sobre el régimen de las contrataciones del Estado y que son de carácter general y libre obtención y consulta por el público en general a través de la página web www.uns.edu.araccediendo al link “Gestión” “compras y licitaciones”, “reglamentación vigente”; Dto. 1023/2001 sus modificatorias y complementarios, su reglamento Dto. 1030/2016, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado mediante Disposición ONC Nº 63/2016, la Resolución Consejo Superior Universitario Nº 274/2018, la Circular Nº 2 emitida por la Dirección General de Economía y FInanzas y el Pliego de Especificaciones Técnicas, sin perjuicio de la aplicación directa de las normas del título III de la Ley 19549 y sus modificaciones en cuanto fuere pertinente. ARTÍCULO 2: OBJETO: La presente licitación tiene por objeto la provisión de materiales, mano de obra, herramientas y equipos para la construcción e instalación de las reformas necesarias asegurando la buena calidad de los mismos con arreglo al Pliego de Especificaciones Técnicas. ARTÍCULO 3: SISTEMA DE EJECUCIÓN DE LA OBRA: La presente contratación se efectuará por ajuste alzado, entendiendo por tal que se encuentra incluído en el mismo el costo de la mano de obra y materiales incluso, los que, sin estar indicados expresamente, sean imprescindibles para que la obra resulte en cada parte y en el todo concluida con arreglo a su fin. No se reconocerá diferencia alguna a favor del contratista entre el volumen ejecutado y el consignado en su oferta y/o presupuesto del contrato, salvo que las diferencias provengan de ampliaciones o modificaciones debidamente autorizadas. ARTÍCULO 4: VISTA Y RETIRO DE PLIEGOS Los pliegos podrán ser obtenidos por los interesados en la Dirección de Contrataciones, ubicada en Avda. Colón 80 - 2° piso de la ciudad de Bahía Blanca, por el término fijado en el presente Pliego. Sello y Firma(Apoderado, socio, presidente, gerente u otro responsable) Página 2 de 9 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR BAHIA BLANCA - REPUBLICA ARGENTINA Asimismo podrán ser descargados de manera gratuitadel sitio de internet de la Oficina Nacional de Contrataciones (www.argentinacompra.gov.ar) y/o descargarse desde la página de internet de la Universidad, www.uns.edu.araccediendo al link “Gestión” “llamados a licitación”. ARTÍCULO 5: ACLARACIONES Y CONSULTAS: Por consultas dirigirse a la Dirección de Contrataciones ubicada en Av. Colón 80 - 2do. piso, de 08:00 a 12:00 hs. Correo electrónico: licitaciones@uns.edu.ar Deberán ser efectuadas hasta TRES (3) días antes de la fecha fijada para la apertura. Asimismo deberán tenerse en cuenta las modificaciones y/o aclaraciones que pudieren surgir luego de la publicación inicial, en el sitio mencionado, bajo el título Circulares. Quedará bajo la exclusiva responsabilidad de los interesados el pleno conocimiento de de las mismas. ARTÍCULO 6: VISITA: Se establece el día 16/08/2018 a las 09:00 hs. para que los proveedores realicen una inspección con caracter obligatorio al lugar donde se efectuará la obra y verificar detalles o cualquier otro dato que pueda influir en la determinación de su costo.Se ruega puntualidad, ya que se trasladarán al edificio de 12 de Octubre y San Juan a reconocer el lugar donde se instalará el enlace punto a punto. Lugar de encuentro : Av. Além N°235 , 1 Piso Bahía Blanca. ARTÍCULO 7: PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Ampliar los términos del art. 13º de la Disposición ONC 63/2016, de acuerdo al siguiente detalle: La cotización podrá entregarse hasta el día 23/08/2018 a las 10:00 hs., en la Dirección de Contrataciones (Avda. Colón 80 Piso 2) ya sea en forma personal o por correo postal. Deberán presentarse mediante sobre cerrado y consignará en su cubierta: UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR - DIRECCION DE CONTRATACIONES AV. COLON 80 – 2do. PISO – BAHIA BLANCA TIPO Y NÚMERO DE PROCEDIMIENTO: ...................... FECHA Y HORA DE APERTURA DE OFERTAS: ..................... Si el sobre no fuese sellado y marcado siguiendo las instrucciones de lo indicado precedentemente, la Universidad no asumirá responsabilidad alguna en caso de que la oferta sea traspapelada o abierta prematuramente. En virtud del art. 10 y conforme el art. 13 inciso b) de la Disposición ONC 63/2016, se requiere la firma de la oferta en cada una de sus hojas, caso contrario será desestimada. Se entenderá como oferta, a esos efectos, el precio cotizado del bien o servicio ofrecido y las condiciones particulares que pudieran proponerse. IMPORTANTE: En los casos en que la presentación se efectúe fuera de los días y/u horario de atención al público de la Dirección ( se recuerda dichos días y horarios: lunes a viernes de 7:30 hs a 12.30 hs.) deberá ser depositado en el buzón habilitado a tal efecto, ubicado en la Mayordomía del Edificio de Rectorado.(Avda. Colón 80 PB). ARTÍCULO 8: PLAZO DE OBRA: La provisión objeto de la presente contratación deberá quedar totalmente concluida en el plazo de TREINTA (30) dias corridos a contar desde la fecha del Acta de Inicio. Sello y Firma(Apoderado, socio, presidente, gerente u otro responsable) Página 3 de 9 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR BAHIA BLANCA - REPUBLICA ARGENTINA ARTÍCULO 9: INFORMACIÓN Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA: * Representante Técnico: La empresa deberá declarar los datos de un REPRESENTANTE TÉCNICO debidamente matriculado de acuerdo a la incumbencia de la obra a licitar y presentará la documentación que acredite el cumplimiento de la legislacion vigente respecto a la contratación de servicios profesionales. * Deberá presentar la constancia de inscripción en el IERIC -Instituto de Estadistica y Registro de la Industria de la Construcción. ARTÍCULO 10: ACTA DE INICIO DE OBRA: Dentro de los diez (10) días hábiles de recibida la orden de compra respectiva se labrará el Acta de Iniciación de trabajos, a partir de la cual se comenzará a contar el plazo de ejecución de la obra. ARTÍCULO 11: INTERPRETACIÓN DE PLANOS Y ESPECIFICACIONES TECNICAS: El Contratista es responsable de la correcta interpretación de los planos para la realización, ejecución y conservación de obra hasta el momento de su recepción final. Cualquier deficiencia o error que se comprobare en el proyecto o en los planos deberá comunicarlo a la Subsecretaría de Infraestructura y Servicios antes de iniciar los trabajos, siendo responsable por las deficiencias que su silencio acarree. El error en la interpretación, no lo exime de la ejecución del trabajo contratado. ARTÍCULO 12: DAÑOS A LA PROPIEDAD Y/O PERSONAS: El Contratista tomará a su tiempo todas las precauciones necesarias para evitar daños a la obra que ejecuta, a los bienes y las personas de la Universidad y de terceros. Correrán por su cuenta, el resarcimiento de los perjuicios que no obstante se produjeran hasta el momento de la entrega definitiva de la obra a esta Universidad, la que, podrá retener en su poder, las sumas adeudadas al Contratista, hasta tanto, aquel haya satisfecho las indemnizaciones a que hubiere lugar a derecho. ARTÍCULO 13: RESPONSABILIDAD POR INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Y/O TÉCNICAS: El Contratista deberá cumplir estrictamente las disposiciones, ordenanzas y reglamentos policiales y/o municipales, vigentes. Será por su cuenta el pago de multas y el resarcimiento por cualquier infracción a dichas normas. El contratista asegurará la buena calidad de los materiales con arreglo a las especificaciones técnicas y responderá por la degradación y averías que experimenten los trabajos realizados por causas que le sean imputables. En consecuencia hasta la recepción definitiva de los trabajos, estará a su cargo la reparación de los desperfectos de esa naturaleza, eximiendo de responsabilidades si los daños resultaren del mal uso de la obra. Respecto a los seguros que deba contratar el adjudicatario, se requiere que lo sean bajo la cláusula de "NO REPETICION A FAVOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR". ARTÍCULO 14: RECEPCIÓN PROVISORIA Y DEFINITIVA: El contratista asegurará la buena calidad de los materiales con arreglo a las especificaciones técnicas y responderá por la degradación y averías a los trabajos por causas que le sean imputables. A partir de la fecha de la Recepción Provisoria, comenzará a correr un plazo de garantía de obra de ciento ochenta días corridos (180), durante el cual el contratista será responsable de la conservación y reparación de la misma. Durante el plazo de garantía, el contratista está obligado a subsanar las deficiencias que surjan en la obra que serán Sello y Firma(Apoderado, socio, presidente, gerente u otro responsable) Página 4 de 9 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR BAHIA BLANCA - REPUBLICA ARGENTINA notificadas mediante una orden de servicio emitida por la Subsecretaría de Infraestructura y Servicios para paralizar la recepción definitiva hasta tanto, dichas ordenes sean cumplidas. ARTÍCULO 15: HERRAMIENTAS Y EQUIPOS: Las herramientas y equipos, en cantidad y calidad necesarios para efectuar los trabajos, serán de propiedad del contratista, no responsabilizándose esta Universidad de su pérdida o deterioro. ARTÍCULO 16: ÓRDENES DE SERVICIO: Las órdenes de servicio que la Inspección imparta durante la ejecución de las obras, serán cronológicamente consignadas por triplicado, sin enmiendas ni raspaduras, en un libro foliado, sellado y rubricado por la Subsecretaría y que proveerá el Contratista. Toda orden de servicio deberá ser firmada por el Contratista o su representante, dentro de las 24 (veinticuatro) horas de formulada por la Inspección. Las órdenes de servicio se considerarán comprendidas dentro de las estipulaciones del Contrato, sin que ello importe introducir modificaciones a lo pactado ni la encomienda de trabajos adicionales, salvo el caso de que en ellas se hiciera manifestación explícita de lo contrario. Aún cuando el contratista considere que en una orden de servicio se excedan los términos del contrato, deberá notificarse de ella sin perjuicio de presentar a la Subsecretaría por intermedio de la Inspección y en el término de 2 (dos) días corridos un reclamo escrito, claro y terminante, fundado detalladamente en las razones que lo asistan para observar la orden recibida. Transcurrido el plazo anterior sin hacer uso de ese derecho, el contratista quedará “ipso facto” obligado a cumplir la orden sin poder luego efectuar ulteriores reclamos por ningún concepto. La observación del Contratista, opuesta a cualquier orden de servicio, no lo eximirá de la obligación de cumplirla si ella fuera reiterada. La U.N.S. solo reconocerá como legalmente válidas las comunicaciones realizadas a través de las órdenes de servicio y las notas de pedido o cartas - documento remitidas por la UNS al domicilio constituído por el contratista. ARTÍCULO 17: NOTAS DE PEDIDO: Además del libro de órdenes de servicio, el Contratista deberá proveer uno igual, destinado a las notas de pedido que él formule, relacionadas con aclaraciones, definición de detalles, elevación de presupuestos, notas u observaciones. ARTÍCULO 18: MULTAS A CARGO DEL CONTRATISTA: En virtud de la delegación establecida en el Decreto 1030/2016 en su art. 102°, inciso c), apartado 2°, se establecen las siguientes Multas por Mora en el cumplimiento de las prestaciones a cargo del contratista: a) Por demoras parciales: por la demora en la iniciación de los trabajos se aplicará una multa equivalente al 5 (cinco) por mil del monto contractual por cada día corrido de atraso. b) por mora total: Si las obras contratadas no se terminaran dentro del plazo contractual por causas no justificadas a juicio de la Repartición, la empresa contratista se hará pasible de una multa que será calculada mediante la siguiente expresión: M= 0,20 * C * d P donde: M: Multa por retardo de la ejecución de la obra. C: Monto del contrato computando las alteraciones aprobadas por la autoridad competente. P: Plazo de la obra tomado en días corridos y computando las alteraciones aprobadas por la autoridad competente. d: Exceso de días corridos sobre el plazo convenido, no justificados a juicio de la Repartición. Cuando se hayan practicado recepciones parciales, del valor C de la fórmula será descontado el Sello y Firma(Apoderado, socio, presidente, gerente u otro responsable) Página 5 de 9 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR BAHIA BLANCA - REPUBLICA ARGENTINA valor de las obras recepcionadas, computando sus alteraciones posteriores. c) por incumplimiento de órdenes de servicio: 1) Por su falta de notificación en tiempo oportuno, se hará pasible de una multa de $ 200,00 (pesos doscientos) por cada día de retardo. 2) Por incumplimiento de una orden de servicio reiterada, se hará pasible de una multa de $ 200,00 (pesos doscientos) por día de retardo, pudiendo además la Subsecretaría mandar a ejecutar en cualquier momento a costa de aquel, los trabajos ordenados, deduciéndose su importe del primer certificado que se le extienda, y en caso contrario del fondo de reparos. La inobservancia de una Orden de Servicio reiterada, facultará a la U.N.S. a rescindir el contrato por culpa del contratista, sin derecho a reclamo alguno por parte de éste. d) por incumplimiento de medidas de prevención: El Contratista será pasible de la una multa equivalente al 1 (uno) por ciento del monto contractual por cada vez que la inspección detecte transgresiones relacionadas con las siguientes condiciones: 1) Por falta de orden y limpieza en la obra y la debida señalización con carteles y vallado. 2) Por falta de elementos de protección personal: cascos, anteojos y botas de seguridad, y/o protecciones auditivas. 3) Por falta de arneses de seguridad para trabajos que se realicen a alturas iguales o superiores a 1,80 metros. 4) Por la falta de andamios, herramientas o el uso de equipos deficientes. 5) Por uso de tableros y alargues eléctricos sin las protecciones correspondientes 6) Por falta de colocación a pie de obra de un matafuego de 10 Kg triclase para combatir cualquier tipo de incendio 7) Por falta de colocación de un botiquín con elementos de 1ros auxilios y un cartel donde claramente se indique los números de teléfono de emergencia. La reiteración de cualquiera de estas transgresiones facultará a la Universidad a rescindir el contrato, a su sólo juicio, por culpa del contratista, sin derecho a reclamo por parte de este. ARTÍCULO 19: RESCICIÓN DEL CONTRATO POR CULPA DEL ADJUDICATARIO: Independientemente de las multas previstas en el presente Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado mediante Disposición ONC Nº 63/2016; la falta de cumplimiento del contrato o la prestación deficiente, facultará a la Universidad a suspender el pago que corresponda hasta tanto se cumpla con las obligaciones a su cargo, sin reconocer indexación o variación de costo alguno. Asimismo el incumplimiento de tal obligación facultará a la Universidad a rescindir el contrato, sin necesidad de interpelación alguna, bastando al efecto, la comunicacion fehaciente al adjudicatario. ARTÍCULO 20: GASTOS GENERALES: Se considerarán incluídos en los gastos generales y en los precios del presupuesto oficial, todo aquella erogación que demande el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el presente Pliego y todo aquel trámite pertinente para la aprobación de planos, inspecciones, obtención de permisos, certificados, instalación de conexiones y medidores. ARTÍCULO 21: PRÓRROGA EN EL PLAZO DE EJECUCIÓN: El contratista podra solicitar la ampliación del plazo estipulado para la terminación de los trabajos cuando los mismos resultaren demorados por caso fortuito o de fuerza mayor siempre que comunicare tal circunstancia dentro del plazo de CINCO (5) días corridos de haberse producido el hecho o podido conocerse. Transcurrido dicho plazo, no se podrá invocar esa causal para justificar la demora salvo que se trate de un siniestro de pública notoriedad. ARTÍCULO 22: FACTURACIÓN Y DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA: Sello y Firma(Apoderado, socio, presidente, gerente u otro responsable) Página 6 de 9 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR BAHIA BLANCA - REPUBLICA ARGENTINA El adjudicatario deberá remitir la factura – en cualquiera de sus formatos - por renglón adjudicado y discriminando los bienes o insumos de lo que se facture en concepto de prestación de servicios, mensualmente o al momento de entregar la mercadería para su recepción en la unidad requirente (destinataria del bien o servicio) de esta Universidad. La fecha de presentación de las facturas, en la forma y lugar indicados anteriormente, se computará para el cálculo del plazo fijado para su pago. De corresponder y según sea el objeto de la contratación, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación junto con la facturación a fin de percibir su cobro: El ingreso de cada agente nuevo al servicio no podrá efectuarse sin acreditar su Alta Temprana en la AFIP, su Nº de CUIL, su cobertura en Riesgos del Trabajo. Copia de esta documentación deberá ser entregada al responsable de la Universidad para permitir el ingreso del nuevo personal. La baja de personal afectado al servicio deberá ser comunicada para conocer si es un traslado de la empresa o si es una baja. En ese caso, deberá acompañarse constancia del pago de la liquidación final completa y con firma de conformidad del empleado, como parte de la documentación obligatoria para dar curso a la facturación de pago. a) Si la adjudicataria es una Cooperativa de Trabajo: 1) Nómina de los trabajadores/asociados que presten servicios a las órdenes del contratista en la Universidad con Nº de CUIT/CUIL de cada uno de ellos. 2) Constancia de pago de las remuneraciones mediante la entrega de copias de los recibos de sueldos del personal firmados por la empresa. En el caso de personal que cese en el empleo, constancias del pago de la liquidación. 3) Copia de la constancia del pago del Monotributo de los asociados (Formulario 910 y su aplicativo) en el que conste el pago de la Obra Social y pago de la jubilación al Régimen de Trabajadores Autónomos. 4) Copia del Certificado de Cobertura de Seguros de accidentes personales, muerte e incapacidad de todos los asociados que prestan servicios en la Universidad y copia del pago mensual de la póliza de seguro mencionada previamente. b) Si la adjudicataria es persona física o jurídica: 1) Nómina de los trabajadores que presten servicios a las órdenes del contratista en nuestro establecimiento con Nº de CUIL de cada uno de ellos. 2) Constancia de pago de las remuneraciones mediante la entrega de copias de los recibos del personal firmadas por la empresa. En el caso de personal que cese en el empleo, constancias del pago de la liquidación final. 3) Copia firmada por la empresa de los comprobantes de pago mensuales al sistema de Seguridad Social y de Obras Sociales (F. 931) acompañados de la copia de la nómina de los empleados incluidos en el aplicativo correspondiente de la AFIP. Asimismo, en este caso, el contratista deberá presentar la constancia del pago mensual al IERIC durante los meses que dure la ejecución de la obra y la constancia de pago al fondo cese Laboral ARTÍCULO 23: PLAZO DE MANENIMIENTO DE OFERTA En el marco del inciso 29 del Anexo II de la Disposición ONC Nº 63/2016, se establece un plazo de mantenimiento de ofertas de 30 (TREINTA) días corridos. ARTÍCULO 24: GARANTÍAS: A los efectos de verificar si corresponde su constitución y las formas de constitución de garantías, remitirse al artículo 39 y 40 de la Disposición ONC 63/2017, disponible en el sitio web www.uns.edu.ar Sello y Firma(Apoderado, socio, presidente, gerente u otro responsable) Página 7 de 9 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR BAHIA BLANCA - REPUBLICA ARGENTINA ARTÍCULO 25: OFERTAS VARIANTES En la presente contratación si se admiten OFERTAS VARIANTES. ARTÍCULO 26: ERROR EN EL PRECIO: En todos los casos en que se detecte un error en los montos totales cotizados, bien sea por renglón, por grupo de renglones o por el total general de la oferta, se tomará como válido el precio unitario cotizado. ARTÍCULO 27: MONEDA DE COTIZACIÓN Y PLAZO DE PAGO La moneda de cotización será en MONEDA NACIONAL. El plazo de pago será de 30 (treinta) días corridos, contados a partir de la presentación - por parte de la unidad requirente - de la correspondiente factura en la Dir. Gral. de Economía y Finanzas. ARTÍCULO 28: DICTAMEN DE EVALUACION DE OFERTAS: A los fines de la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora, para recomendar la adjudicación, tendrá en cuenta: El cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable, la idoneidad de los oferentes, el cumplimiento de las especificaciones técnicas solicitadas en el presente pliego, la calidad del servicio ofertado y su relación con el precio ofrecido. Asimismo se tendrán en cuenta antecedentes en anteriores contrataciones. ARTÍCULO 29: CONDICIÓN IMPOSITIVA DE LA UNS: Esta Universidad debe considerarse frente al I.V.A. como Consumidor final. Asimismo y por resolución de la AFIP-DGI, esta Universidad es agente de retención del Impuesto a las Ganancias, I.V.A. y Régimen de Seguridad Social. En los casos que corresponda, deberá adjuntarse constancias de Autorización de No Retención emitida por la AFIP-DGI. ARTÍCULO 30: ALTA EN EL PADRÓN ÚNICO DE ENTES: Con respecto a lo establecido en el art. 33º de la Disposición ONC 63/2016, la Universidad Nacional del Sur no se encuentra alcanzada por los términos de la normativa que rige el padrón citado. ARTÍCULO 31: JURISDICCIÓN: En el marco de lo establecido en el inciso 54 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (Disposición ONC 63/2017), queda expresamente estipulado que todas las cuestiones que se pudieren suscitar concernientes a la interpretación, aplicación o ejecución del contrato que se suscriba en virtud de la presente licitación, serán obligatoria y exclusivamente sometidas a la jurisdicción del Juzgado Federal de la ciudad de Bahía Blanca, renunciando expresamente quien resulte adjudicatario a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder. ARTÍCULO 32: CONFLICTO DE INTERESES: Sello y Firma(Apoderado, socio, presidente, gerente u otro responsable) Página 8 de 9 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR BAHIA BLANCA - REPUBLICA ARGENTINA El oferente deberá cumplimentar con la presentación del Anexo I aprobado por Resolución Nº 11/2017 de la Secretaría de Ética Pública, Transparencia y Lucha contra la Corrupción; que forma parte del presente Pliego. Ante cualquier duda o consulta sobre el tema, puede remitirse a la normativa vigente en el sitio web www.uns.edu.ar /Llamados a Licitación/Reglamentación vigente. FUNCIONARIO CON COMPETENCIA Y CAPACIDAD DE DECISION EN LA PRESENTE CONTRATACION: Mg. Miguel ADURIZ 12.135.734 ARTÍCULO 33: TIPO DE OBRA: ARQUITECTURA ARTÍCULO 34: SUBSANACIÓN DE ERRORES Y OMISIÓN En los casos en que se deba subsanar errores u omisiones, mediante la presentación de documentación, esta deberá ser presentada mediante sobre cerrado y deberá indicarse: "Documentación anexa al procedimiento ..../20....."y respetando lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 7 del presente pliego. Sello y Firma(Apoderado, socio, presidente, gerente u otro responsable) Página 9 de 9